Gestionamos su alta en Hacienda y en la Seguridad Social solicitando la tarifa plana en el mismo trámite, y le llevamos la contabilidad desde el primer día para que se pueda centrar en su negocio.
Desde la reforma del sistema de cotización por ingresos reales (Real Decreto-ley 13/2022), quienes se dan de alta por primera vez en el RETA pueden acogerse a una cuota reducida, regulada en el art. 38 ter de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
| Concepto | Tarifa plana |
|---|---|
| Cuota mensual | 80 € (+ MEI, aprox. 85–88 € en total en 2026) |
| Duración inicial | 12 meses desde el alta |
| Prórroga posible | 12 meses más, si el rendimiento neto anual queda por debajo del SMI (17.094 € en 2026) |
| Colectivos con más duración | Hasta 24 meses de entrada para personas con discapacidad ≥33%, víctimas de violencia de género o de terrorismo |
| Cuota ordinaria (para comparar) | Entre ≈230 € y ≈540 €/mes, según tramo de ingresos reales |
Ahorro estimado. Según el tramo de ingresos que le correspondería en el sistema ordinario, la tarifa plana puede suponerle entre 150 € y 460 € de ahorro al mes durante su primer año de actividad.
Revisamos su historial en el RETA para confirmar que tiene derecho a la tarifa plana.
Damos de alta su actividad en Hacienda (modelo 036/037) y en la Seguridad Social, solicitando la bonificación en el mismo trámite.
Desde el primer día, gestionamos su facturación y sus obligaciones fiscales trimestrales.
Si a su segundo año le corresponde, presentamos la solicitud de ampliación de la tarifa plana antes de que finalice el primer periodo.
Sí, siempre que hayan pasado al menos 2 años desde su última alta en el RETA (3 si ya disfrutó de la tarifa plana en el pasado).
En general sí: varias comunidades (Madrid, Andalucía, Galicia, entre otras) ofrecen bonificaciones adicionales tipo "cuota cero" compatibles con la tarifa plana estatal. Se lo confirmamos según su comunidad al hacer el alta.
Entonces no podrá prorrogar la tarifa plana y pasará a cotizar por el tramo que corresponda a sus ingresos reales dentro del sistema ordinario.
Rellene el formulario y verificamos su derecho a la tarifa plana antes de tramitar el alta.
Solicitar alta